143 pescadores y ocho barcos hundidos: Esto dice Derechos Humanos por los operativos de militares de Estados Unidos en alta mar

El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos denuncia una secuencia de abordajes, detenciones, desapariciones temporales y hundimientos de embarcaciones ecuatorianas durante 2026. La organización pide investigar posibles violaciones de derechos humanos y reclama medidas cautelares para la comunidad pesquera de Manabí. 
Actualidad08 de septiembre de 2026 Kira Mero

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La preocupación vuelve al mar.

Mientras las familias de pescadores de Manabí todavía intentan reconstruir lo ocurrido con varias embarcaciones interceptadas durante las últimas semanas, el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH) publicó un nuevo pronunciamiento en el que exige el cese de las operaciones de militares estadounidenses contra pescadores ecuatorianos.

El documento, difundido el 7 de septiembre de 2026, sostiene que durante este año se ha producido una secuencia de abordajes violentos, detenciones, periodos de incomunicación, denuncias de malos tratos y destrucción de embarcaciones pesqueras. La organización afirma que los hechos ya no pueden ser considerados episodios aislados.

El CDH identifica al menos ocho embarcaciones y 143 pescadores afectados en incidentes que, según su documentación, involucraron a militares de Estados Unidos. Entre las embarcaciones mencionadas están Fiorella, Negra Francisca Duarte II, Don Maca, Los Tres Hermanos, Conquista 2, OM2, María Candelaria y Karla Franshesca.

La organización sostiene que los hechos ocurrieron en rutas utilizadas habitualmente para faenas de pesca, incluidas zonas marítimas ubicadas entre la zona económica exclusiva continental del Ecuador y la zona económica exclusiva de Galápagos.

Ocho embarcaciones en ocho meses

El caso más antiguo mencionado en el pronunciamiento corresponde a la embarcación Fiorella. Según el CDH, ocho pescadores permanecen desaparecidos desde el 20 de enero.

La organización también documentó los casos de la Negra Francisca Duarte II, atacada el 17 de marzo, y Don Maca, intervenida el 26 de marzo. De acuerdo con los testimonios recogidos por el CDH, pescadores denunciaron explosiones contra sus embarcaciones, lesiones y haber permanecido esposados y encapuchados durante horas antes de ser entregados a autoridades de la Marina salvadoreña.

La situación, según el documento, se intensificó en agosto y septiembre.

El 28 de agosto, el Comando Sur de Estados Unidos reconoció una operación en la que personal desplegado desde el USS San Antonio abordó la embarcación Los Tres Hermanos, retiró a sus 14 tripulantes y posteriormente hundió la nave. El CDH recoge denuncias de los pescadores sobre haber permanecido inmovilizados y con los ojos y oídos cubiertos.

Cuatro días después, el 2 de septiembre, ocurrió el caso del Conquista 2, una embarcación manabita cuyos 17 tripulantes fueron posteriormente entregados a la Marina ecuatoriana en condición de náufragos, según el pronunciamiento.

El 3 de septiembre fue intervenida la OM2, que llevaba 22 pescadores y siete lanchas auxiliares. El CDH asegura que los tripulantes alcanzaron a enviar videos y fotografías antes de perder comunicación.

Dos días después, el 5 de septiembre, se registraron otros dos casos: el hundimiento de la María Candelaria, cuyos 26 tripulantes sobrevivieron, y la destrucción de la Karla Franshesca, con 20 sobrevivientes, según la organización.

La sucesión de casos es precisamente lo que lleva al CDH a hablar de una amenaza que continúa activa para las comunidades pesqueras.

El punto de conflicto: seguridad frente a derechos

El pronunciamiento cuestiona que la cooperación militar entre Ecuador y Estados Unidos pueda justificar procedimientos que, según las denuncias recogidas, incluyan destrucción de embarcaciones, incomunicación o malos tratos.

El CDH sostiene que si existe sospecha de que una embarcación está involucrada en actividades ilícitas, el Estado debe identificar a las personas, detenerlas conforme a la ley, garantizar su integridad y ponerlas a disposición de las autoridades competentes.

La organización recuerda además que durante 2026 ya se han realizado operaciones conjuntas en las que personas sospechosas de narcotráfico fueron detenidas y entregadas a la Policía y la Fiscalía ecuatorianas. Para el CDH, esto demuestra que una operación de interdicción no necesariamente requiere destruir una embarcación o mantener incomunicados a sus tripulantes.

El documento también cuestiona que no se hayan hecho públicos protocolos suficientes sobre el uso de la fuerza, identificación de embarcaciones, registro de personas detenidas, comunicación con familiares, asistencia médica y preservación de evidencias.

El caso Conquista 2 llegó a los tribunales

Uno de los puntos centrales del pronunciamiento es el proceso judicial iniciado tras el caso Conquista 2.

El CDH presentó un hábeas corpus instructivo y, según la organización, un juez constitucional de Manta requirió información a varias instituciones estatales.

Entre las medidas consta que la Cancillería solicite a Estados Unidos información sobre el operativo del 2 de septiembre, incluida la intervención y destrucción de la embarcación, el punto exacto donde ocurrieron los hechos y la ubicación de los restos de la nave.

Para el CDH, este proceso constituye una vía para determinar qué ocurrió realmente y establecer eventuales responsabilidades.

La organización pide que la investigación continúe, que se preserve la evidencia y que las diligencias judiciales permitan reconstruir de manera integral lo sucedido.

El CDH habla de una posible dimensión internacional

El pronunciamiento utiliza una expresión especialmente grave: “posible dimensión de crímenes internacionales”.

El CDH sostiene que la reiteración de denuncias sobre privaciones de libertad, desapariciones temporales, malos tratos y destrucción de embarcaciones debería ser investigada para determinar si existe un patrón.

Pero la propia organización introduce una cautela: señala que una eventual calificación como crímenes de lesa humanidad requeriría demostrar que los hechos forman parte de una política o práctica generalizada o sistemática dirigida contra población civil y ejecutada con conocimiento del ataque. Para ello, considera necesario investigar patrones, cadenas de mando, órdenes operativas y niveles de coordinación estatal.

Por ahora, esa es una hipótesis que el CDH pide investigar, no una conclusión judicial.

La exigencia a Ecuador

El Comité sostiene que Ecuador no puede desprenderse de sus obligaciones en materia de derechos humanos por tratarse de operaciones realizadas en cooperación con Estados Unidos.

Entre sus pedidos, las organizaciones firmantes exigen a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la adopción de medidas cautelares colectivas para la comunidad pesquera de Manabí.

También reclaman una actuación de la Defensoría del Pueblo y solicitan que la Fiscalía y otras instituciones investiguen las denuncias.

El pronunciamiento va más allá y declara públicamente “persona non grata” al general Francis L. Donovan, comandante del Comando Sur de Estados Unidos, a quien las organizaciones atribuyen responsabilidad de dirección sobre operaciones militares reconocidas oficialmente que han afectado a personas y embarcaciones ecuatorianas.

Una comunidad pesquera bajo presión

Detrás de los nombres de las embarcaciones están familias de comunidades pesqueras que dependen del mar para sobrevivir.

El propio CDH señala que varios de los incidentes se produjeron en rutas utilizadas habitualmente para faenas de pesca y que, en los casos de agosto y septiembre, las propias tripulaciones alertaron sobre la aproximación de helicópteros y lanchas rápidas antes de algunos abordajes. Mientras tanto, familiares buscaban información de las autoridades ecuatorianas.

Para Manabí, donde la pesca representa una actividad económica y social de enorme importancia, el conflicto adquiere una dimensión que va más allá de cada embarcación.

La pregunta ahora es qué controles existen para diferenciar una operación contra el narcotráfico de una intervención sobre pescadores que no han sido judicialmente vinculados a un delito.

El CDH exige que esa frontera quede claramente establecida.

Y plantea que la seguridad en el mar no puede convertirse, bajo ninguna circunstancia, en un espacio sin controles judiciales ni garantías para quienes trabajan allí.

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